Sucesiones

Acompañamos a las familias en todo el trámite sucesorio: declaratoria de herederos, partición de bienes y regularización de propiedades, con pasos, tiempos estimados y costos claros desde el inicio.

Una sucesión llega casi siempre en un momento difícil. Por eso nuestro trabajo es que el trámite no sea una carga más: te explicamos cada paso en términos simples, armamos la documentación y llevamos el expediente de principio a fin.

Trabajamos sucesiones de Campana, Zárate y toda la zona norte, tanto de forma presencial como 100 % virtual.

¿En qué te ayudamos?

Sucesión completa

Llevamos el trámite de principio a fin: apertura del expediente, declaratoria de herederos, inventario y adjudicación de los bienes.

Declaratoria de herederos

Obtenemos la resolución judicial que reconoce quiénes son los herederos en las sucesiones sin testamento, paso indispensable para disponer de los bienes.

Partición y adjudicación

Formalizamos cómo se distribuyen los bienes entre los herederos, priorizando los acuerdos y evitando conflictos familiares.

Cesión de derechos hereditarios

Si querés ceder o adquirir derechos hereditarios, preparamos la operación —que se instrumenta por escritura pública— con seguridad jurídica.

Sucesiones con inmuebles

Regularizamos la titularidad de propiedades para que puedas vender, alquilar o dividir sin trabas.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda una sucesión?

Una sucesión sin conflictos entre herederos puede resolverse en algunos meses. Los tiempos dependen del juzgado y de la documentación disponible; en la primera consulta te damos un estimado realista.

¿Qué documentación necesito?

Partida de defunción, partidas que acrediten el vínculo (nacimiento, matrimonio), DNI de los herederos y títulos de los bienes. No necesitás tener todo para empezar: te ayudamos a conseguir lo que falte.

¿Puedo vender una propiedad antes de terminar la sucesión?

Para escriturar, la sucesión debe estar tramitada. En algunos casos se puede avanzar con un boleto o una cesión de derechos mientras el trámite sigue su curso, e incluso escriturar directamente del causante al comprador por tracto abreviado una vez dictada la declaratoria; lo evaluamos según tu situación.

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